IV Edición: Recursos energéticos & mineros

Mujeres emprendedoras: las leyes que impulsan a las pymes en Ecuador, Honduras y El Salvador

América Latina y el Caribe tiene una de las tasas más altas de actividad empresarial, liderando en intenciones y actividad de inicio de nuevos negocios, de acuerdo con el Global Entrepreneurship Monitor. Pero, ¿qué sucede si revisamos esta vertical desde una perspectiva de género? El informe GEM 2021/22 Women’s Entrepreneurship Report From crisis to opportunity revisó los casos de Brasil, Chile, Colombia, República Dominicana, Guatemala, Panamá y Uruguay, para concluir que, a pesar de los avances, hay grandes disparidades en la participación de las mujeres en la región. 

Entre otras conclusiones, la región tiene como desafío clave identificar los elementos en los ecosistemas que puedan ser útiles para aprovechar las altas tasas de intenciones de emprender por parte de las mujeres, para reducir los niveles de interrupción de sus negocios.

De este lado del mundo, tanto mujeres como hombres emprenden para ganarse la vida ante la falta de oportunidades de crecimiento profesional. Pero ¿qué han hecho gobernantes y legisladores de algunos países latinoamericanos para apoyar el impulso emprendedor y qué falta por hacer?

Ecuador

Cuando se revisa el tema, una constante es la falta de financiamiento, las trabas burocráticas y legales.

“El acceso al crédito sigue siendo menor para la mujer que para el hombre. Sigue existiendo una brecha importante, alrededor del 10 % entre la mujer y el hombre bancarizados”, relata Carmen Simone-Lasso, socia de Pérez Bustamante & Ponce, en Ecuador.

En Ecuador, el año pasado, por primera vez se otorgaron más créditos a mujeres (un 0,2 % más) que a hombres. 

Tanto el Ejecutivo como el Legislativo han impulsado diversas iniciativas para apoyar a las mujeres emprendedoras. Una de las más recientes es la Ley de economía violeta, vigente desde enero pasado. Esta contempla beneficios dirigidos a las mujeres y a empresas que las incluyen en su fuerza laboral y en sus directorios como potenciales socias; les da acceso a líneas de crédito e incentivos tributarios por contratación. Sin embargo, a esta ley aún le falta su reglamento.

De otro lado, de acuerdo con la experta, la Ley de Emprendimiento e Innovación introdujo un cambio “revolucionario”: la creación de la sociedad por acciones simplificada, que ha hecho más sencillo el proceso de constitución de empresas y ha abaratado los costos, haciendo que se creen mucho más empresas, teniendo la delantera las mujeres, hoy líderes del Registro Nacional de Emprendedores del Ministerio de Producción.

La socia de PBP señala que todas las formas alternativas de financiamiento encuentran obstáculos normativos en Ecuador. Por ejemplo, si bien la Ley de Emprendimiento e Innovación reconoce el crowdfunding como un mecanismo para financiar emprendimiento, y que la reciente aprobación de la Ley Fintech permitirá que lleguen al país las empresas de esta categoría a ofrecer productos y servicios financieros más modernos, ágiles y con mayor cercanía a clientes, todavía tienen normas que hacen complicado lograr ese objetivo para los emprendedores. 

Un aspecto crucial para revisar este tema en Ecuador es el de la simplificación tributaria, necesaria para diligencias y permisos para facilitar los negocios. Para Carmen Simone, casi se requiere un título de PhD para intentar cumplir obligaciones tributarias en Ecuador, país que las Big Four ubican como el de más difícil cumplimiento de estas.

Simplificar el sistema tributario y hacerlo más asequible al común denominador de las personas se convierte en una oportunidad de mejora. A su decir, muchos beneficios se desperdician hoy por desconocimiento, porque no se difunden o porque son complicados de aplicar. 

Algunos regímenes tributarios que han golpeado al ecosistema emprendedor son el RIMPE, vigente desde enero de 2022 y anulado parcialmente por la Corte Constitucional en lo relativo a negocios populares que facturan menos de 20.000 dólares. 

“En la práctica se pasó de un sistema tributario en el que se admitía que el emprendedor dedujera sus gastos a un sistema de renta mínima o presunta donde se paga un valor fijo que no siempre el emprendedor está en condiciones de pagar y que es miope frente a la situación específica de determinados emprendimientos que en sus primeros años solo pierden y no tienen utilidad”, expresó.

Comenta que, con el pretexto de establecer un régimen más benévolo y más sencillo, se pasó de un régimen en el que pagan obligatoriamente impuestos sobre sus ingresos brutos, sin considerar ningún tipo de gastos y eso les ha afectado enormemente.

Pese a los avances, la especialista refiere que hay aún mucho por hacer, en especial si se considera que los bancos solicitan la firma de los esposos para otorgar créditos a mujeres casadas. Además —la especialista menciona— se mira con escepticismo a solteras, viudas y divorciadas, pues "no tienen por detrás ese respaldo”.

Hasta 1987 se presumía que los hombres administraban la sociedad conyugal, por lo que la mujer casada debía contar con la autorización del marido para hacer actos de comercio.

“Esto colocaba a la mujer en una condición de casi infraciudadana”, comenta la abogada. 

Lasso reconoce el trabajo hecho por organizaciones feministas para visibilizar su rol como agentes económicos y como proveedoras, más allá de los roles tradicionales de cuidadoras solo vinculadas al hogar.